Las Cesantías son una prestación social; que el empleador debe pagar a sus trabajadores adicional al salario ordinario. El monto de esta retribución equivale a un mes de salario por cada año trabajado del empleado o proporcional al tiempo laborado y se deben a más tardar el 14 de febrero de cada año en un fondo de cesantías.
¿Cómo se liquidan?
Se toma la base del último salario mensual, o se promedia el salario devengado durante un año. Su fórmula es: (Salario mensual de base / número de días trabajados) / 360.
¿Cada cuánto se deben pagar?
El empleador las deberá depositar a más tardar el 14 de febrero de cada año en la administradora de fondo de cesantías
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¿Cuándo las puedo retirar?
Fueron creadas como un auxilio, por lo tanto deben ser cuando la persona quede sin contrato, aunque hay unas excepciones como compra y mejora d vivienda o para educación propia de hijos y cónyuge.
¿Qué son los intereses de las cesantías?
Es la utilidad sobre el valor de las cesantías acumuladas al 31 de diciembre que corresponde al 12%. Este monto se debe entregar directamente a los trabajadores antes del 31 de enero. Su fórmula es: (Cesantías X Días trabajados X 0,12) / 360.