Las Cesantías son una prestación social; que el empleador debe pagar a sus trabajadores adicional al salario ordinario. El monto de esta retribución equivale a un mes de salario por cada año trabajado del empleado o proporcional al tiempo laborado y se deben a más tardar el 14 de febrero de cada año en un fondo de cesantías.
¿Cómo se liquidan?
Se toma la base del último salario mensual, o se promedia el salario devengado durante un año. Su fórmula es: (Salario mensual de base / número de días trabajados) / 360.
¿Cada cuánto se deben pagar?
El empleador las deberá depositar a más tardar el 14 de febrero de cada año en la administradora de fondo de cesantías
¿Cuándo las puedo retirar?
Fueron creadas como un auxilio, por lo tanto deben ser cuando la persona quede sin contrato, aunque hay unas excepciones como compra y mejora d vivienda o para educación propia de hijos y cónyuge.
¿Qué son los intereses de las cesantías?
Es la utilidad sobre el valor de las cesantías acumuladas al 31 de diciembre que corresponde al 12%. Este monto se debe entregar directamente a los trabajadores antes del 31 de enero. Su fórmula es: (Cesantías X Días trabajados X 0,12) / 360.